3.1. - Leyes y proyectos de ley
3.1.1. Ley N° 20.365. Promulgada 20/09/2024. D.O. 02/10//2024. Embarazos y Nacimientos Múltiples.
Se modifica la Ley N° 17.474 sobre embarazos y nacimientos múltiples.
Asignación Prenatal: Las mujeres con embarazo múltiple recibirán una asignación prenatal triple por cada hijo en gestación.
Asignación Familiar: Beneficios económicos para hijos nacidos de un nacimiento múltiple hasta los 18 años, con montos variables según la edad.
Atención Médica: Niños de nacimientos múltiples tendrán atención médica domiciliaria y prioridad en servicios de salud hasta los 9 años. Vigencia: La ley entra en vigor el 1° de agosto de 2024. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo no mayor de treinta días contados a partir de la fecha establecida en el artículo 6°. Fuente: Página web IMPO.
3.1.2. Ley N° 20.373. Promulgada 24/09/2024. D.O. 02/10/2024. Modificaciones al Fondo de Cesantía y Retiro para los Trabajadores de la Construcción.
Se modifican disposiciones de la Ley N° 18.236 de 2007, relacionadas con el “Fondo de Cesantía y Retiro para los Trabajadores de la Construcción en Uruguay”. Entre los cambios más relevantes están:
Cuentas individuales: El financiamiento de las cuentas individuales se realiza mediante aportes patronales y personales. Se establece un aporte patronal del 5%, que se reduce al 0,5% en ciertos casos, como para trabajadores con derecho a indemnización por despido o sin contrato a término. Los trabajadores también aportan un 0,5%, dependiendo de si cumplen ciertos requisitos de indemnización por despido.
Fondo Solidario: El Fondo Solidario se financia con aportes de empleadores, multas, donaciones y aportes extraordinarios. Se permite que hasta un 30% de los excedentes se utilicen para financiar proyectos sociales relacionados con la construcción.
Caducidad: Se establece un período de caducidad de 60 meses para imputar aportes a una cuenta individual. Si se excede ese plazo, los fondos pasan al Fondo Solidario.
Este ajuste busca mejorar la sostenibilidad y la gestión del Fondo de Cesantía y Retiro, asegurando recursos para proyectos sociales y un mejor manejo de los aportes laborales. Fuente: Página web IMPO.
3.3. - Resoluciones y comunicados
3.3.1. BPS: Comunicado N° 15/2024. Septiembre 2024. Industria Pesquera. Régimen Transitorio de Aportación.
Se aprobó un régimen transitorio de aportación, por el período entre el 1 de junio de 2024 y el 30 de abril de 2025, para los trabajadores que desempeñan sus tareas a bordo de buques de pesca cuyos permisos sean categoría B1, de acuerdo a lo establecido por el decreto 231/024, de 22/8/2024. Este régimen transitorio abarca el aporte patronal jubilatorio y la contribución patronal por servicios bonificados, los que se calcularán sobre un ficto establecido en unidades reajustables (UR) en función de la categoría del trabajador.
Aspecto Operativos: El Ministerio de Agricultura y Pesca brindará a BPS la información de las empresas alcanzadas en este régimen transitorio. Se señala que, a los efectos de la declaración en nóminas de los trabajadores mencionados, se mantienen los vínculos funcionales (VF) que identifican la categoría del trabajador y se asocian, en función de esta, los fictos que correspondan (ver anexo). Los créditos que surjan por los pagos realizados en demasía por junio y julio del 2024 quedarán disponibles para el pago de las obligaciones del mes de diciembre septiembre. Para ello, las empresas deben ingresar al servicio Emitir facturas, declaración jurada de no pago y pagar aportes para obtener su factura aplicando el crédito. Por consultas, puede comunicarse a través del 0800-2001, Asistencia al Contribuyente. Fuente: Página web BPS.