3.2. - Decretos
3.2.1. Decreto N° 170/024 Reglamentación del Programa «Yo estudio y trabajo para el sector privado”. Promulgado: 10/06/24. Publicado D.O.: 18/06/24.
Visto: la creación del programa “Yo estudio y Trabajo para el sector Privado”, establecido en el articulo 20 BIS de la Ley N° 19.973, de 13 de agosto del 2021, en la redacción dada por el artículo 357 de la Ley N° 20.212, de 6 de Noviembre de 2023. El Poder Ejecutivo procedió a realizar su reglamentación. El programa está dirigido a jóvenes de entre 16 y 20 años que estén cursando estudios formales o no, y que no hayan tenido tenido un empleo formal por un plazo mayor a los 90 días, según lo establecido en la sección segunda del capítulo 4 de la Ley de Promoción de Empleo N° 19.973. Además, los jóvenes no deben estar formalmente trabajando al momento de comenzar las actividades del programa. Se puede adherir cualquier empresa, sin importar su naturaleza jurídica, aunque deberán cumplir con los requisitos y porcentajes establecidos en los artículos 5 y 9 de la mencionada Ley y los artículos 7 y 8 del Decreto reglamentario (308/021).
Los contratos pueden tener una extensión de 6 o 12 meses, con un período de prueba de 45 y 90 días, respectivamente. El salario estará determinado según las Leyes, laudos o Convenios Colectivos aplicables al sector de actividad de la empresa.
Los beneficios para las empresas son: 1) aportes no reembolsables del 80% de las retribuciones que constituyan materia gravada para las contribuciones especiales a la seguridad social, con un tope de 15.000 pesos por mes (reajustables anualmente según el Indice Medio de Salarios al 1 de enero de cada año). En caso de que el trabajador “se encuentre en una situación de mayores dificultades de acceso al empleo”, el aporte puede llegar al 100%. 2) Exoneración de aportes patronales jubilatorios correspondientes al contrato laboral mientras el vínculo se mantenga. La exoneración dejará de regir cuando el trabajador cumpla los 25 años.
La adjudicación de los puestos será por sorteo. Ni las empresas pueden selecciónar a los jóvenes, ni los jóvenes a las empresas. Fuente: Sitio Web de Presidencia.
3.3. - Resoluciones y comunicados
3.3.1. Comunicado Nº 10/2024-Junio/24 – Trabajo Doméstico: cobertura por accidentes laborales.
Se informa que se modifica la tasa correspondiente al aporte que se realiza al Banco de Seguros del Estado por el seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La nueva tasa de 2,01% se aplica a partir del 1 de junio de 2024 sobre el monto imponible para los tributos de seguridad social. Se recuerda que los empleadores de trabajadores domésticos no deben realizar gestión alguna, ya que BPS calcula automáticamente los aportes e incluye el importe resultante en la factura de obligaciones mensuales. Fuente: Sitio Web BPS.
3.3.2. Comunicado Nº 11/2024-Junio/24 – Aportes Bonificados para el sector de la Pesca.
Se informa que, por el decreto n.º 156/024 del 31/5/2024, a partir del 29/10/2023, se prorroga por un plazo de 2 años la entrada en vigor de las tasas de aporte por servicios bonificados previstas en el decreto 146/2019 del 27/5/2019. Fuente: Sitio Web BPS.