Destacados de la semanaDECRETOSDecreto N° 60/025. Promulgado 25/02/2025. Se modifica al artículo 3º del Decreto Nº 94/002, de 19 de marzo de 2002. Responsabilidad Obligaciones de Terceros. Visto: lo dispuesto por el Decreto N° 94/002, de 19 de marzo de 2002 y sus normas modificativas; Resultando: que el artículo 1° del referido Decreto designa Responsables por Obligaciones Tributarias de Terceros a las Entidades Administradoras de Tarjetas de Débito, de Crédito, de Compra, de dinero electrónico, y de instrumentos análogos, en tanto intervengan mediante dichos instrumentos en la venta de bienes y prestaciones de servicios realizados por terceros; y a las entidades pertenecientes al Grupo CEDE de la Dirección General Impositiva, reguladas por el Banco Central del Uruguay cuya actividad sea efectuar pagos y cobros por cuenta de terceros, cuando la cobranza se realice mediante el uso de los referidos instrumentos. Considerando: necesario incluir en la nómina de sujetos exceptuados del régimen de retención que se establece en el citado Decreto, a los fideicomisos de administración cuyo objeto sea la administración y custodia de los ingresos recibidos por el pago de los viajes de los usuarios del transporte público, dado que, en esta modalidad, no se verifican las condiciones que dan mérito a la aplicación del régimen aludido. Atento: a lo dispuesto por los artículos 242 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, y 38 de la Ley N° 17.453, de 28 de febrero de 2002. Decreta: Artículo 1: Agrégase al artículo 3° del Decreto N° 94/002, de 19 de marzo de 2002, el siguiente literal: “i) Los Fideicomisos de Administración, cuyo objeto sea la administración y custodia de los ingresos recibidos por el pago de los viajes de los usuarios del transporte público.” Fuente: Página web Presidencia. BCUBCU: Arbitrajes de las principales monedas. Mes 02/2025. Publicado 06/03/2025. Se presentan las cotizaciones diarias del BCU para las principales monedas, así como las cotizaciones diarias de pizarra Dólar Americano, Peso Argentino, Real Brasileño y Euro. Fuente: Página web BCU. ECONOMÍA Y FINANZASINE: Boletín Técnico. IPC. Mes febrero 2025= 5,10%. Publicado el 05/03/2025. En el siguiente Informe Técnico se presentan las estimaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) para febrero 2025, con período base en octubre 2022. Principales resultados: El IPC de febrero 2025 registró un Índice General de 112,28; una variación mensual (respecto a enero/2025) de 0,69%; una variación acumulada anual (dic/2024-febrero/2025) de 1,80%; y una variación anualizada (últimos 12 meses) de 5,10%. El Cuadro 2 presenta: Comparativo de índices y variaciones porcentuales (%). Valor del Índice General: febrero/2024=106,83 - febrero/2025=112,28. Variación mensual del IPC: febrero/2024= 0,64% - febrero/2025= 0,69 Variación acumulada en el año del IPC: diciembre/2023-febrero/2024=2,18%; diciembre/2024-febrero/2025= 1,80%. Variación anualizada últimos 12 meses: febrero/2023-febrero/2024=4,71%; febrero/2024-febrero/2025=5,10%. Las principales incidencias, -expresadas en puntos porcentuales sobre la variación mensual del índice general- provienen fundamentalmente de las divisiones Alimentos y bebidas no alcohólicas (0,07), Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles (0,36), Mobiliario, enseres domésticos y demás artículos regulares de los hogares (0,06) y Servicios de educación (0,07). Estos datos muestran que la inflación se mantiene aún dentro del rango-meta del Gobierno de 3%-6%; en el presente período. Habiendo subido muy levemente la variación anualizada del IPC del año 2025 respecto al año 2024. Fuente: Página web INE. INE. Boletín Técnico. Inflación Subyacente con Exclusiones (IPC-CE). Mes febrero de 2025. Publicado 05/03/2025. En el siguiente informe se presentan las estimaciones del Índice de Precios del Consumidor excluyendo Frutas y verduras frescas, y combustibles, (IPC-CE) para febrero 2025, con período base en octubre 2022. Nota metodológica: El Índice de Precios del Consumo que excluye frutas y verduras frescas, y combustibles (IPC-CE), pretende aproximarse al concepto de inflación tendencial, y por lo tanto ser una mejor aproximación de la inflación de largo plazo. De esta manera, y siguiendo las prácticas de otras oficinas estadísticas, el INE reportará de ahora en más esta medida que se publicará junto al IPC. Este indicador tiene por objetivo “ser complementario al tradicional y no sustituto”, ya que es menos susceptible a eventos que pueden generar grandes fluctuaciones, en general reversibles, en los precios de algunos artículos. Tal es el caso de eventos climáticos que afectan los precios de las frutas y verduras, o los acontecimientos que modifican drásticamente el precio del petróleo. A su vez, tiene la característica de ser calculada de manera rápida y transparente. Referencias internacionales: Es común que las oficinas estadísticas produzcan este tipo de indicadores y existen distintas maneras de construirlos. En el caso de Estados Unidos, el Reino Unido, o la Unión Europea la metodología empleada coincide con la del INE ya que los productos considerados más volátiles son excluidos de forma permanente de la canasta. Difieren entre sí, y también con respecto al IPC-CE, en la selección de los productos a excluir y el porcentaje que estos representan en el total de la canasta. Esto sucede naturalmente, debido a los diferentes criterios utilizados y a las diferentes composiciones de las canastas que representan el patrón de consumo de estos países. IPC-CE (con exclusiones) de febrero 2025: El IPC con exclusiones (IPC-CE) de febrero 2025, presenta un Índice General de 111,86; registró una variación mensual (respecto a enero/2025) de 0,72%; acumulada en el año (diciembre/2024-febrero/2025) de 1,70%; y anualizada en los últimos 12 meses (febrero/2024-febrero/2025) de 5,46%. La lista SE, presenta la nómina de todos los productos excluidos y sus ponderadores dentro de la canasta del IPC con base octubre 2022. La variación anualizada del IPC-CE, se presenta aún dentro del rango-meta del Gobierno del 3%-6%. Fuente: Página web INE INE: Boletín Técnico. IMS. Mes 01/2025. Publicado 28/02/2025. El IMS de enero de 2025 registró una variación mensual de 3,95%, acumulada en el año de 3,95% y en los últimos 12 meses de 5,77%. El Índice Medio de Salarios Nominales (IMSN) de enero de 2025 registró una variación mensual de 3,72%, acumulada en el año de 3,72% y en los últimos 12 meses de 5,72%. El Sector Privado del IMS presenta una variación mensual de 3,13%. El Sector Público del IMS presenta una variación mensual de 5,43% que se explica por las incidencias de “Gobiernos Central” (3,79%), “Empresas Públicas” (-1,36%) y “Gobiernos Departamentales” (0,28%). Fuente: Página Web INE. INE: Boletín Técnico. ICCV. Mes 01/2025. Publicado 25/02/2025. Principales resultados: el ICCV de enero de 2025 registró una variación mensual de 0,37%. En tanto el ICCV con participación pública varió 0,35% y 0,38% lo hizo el ICCV privado. Fuente: Página Web INE. INE: Boletín Técnico. UI. Mes 03.2025. Publicado 05/03/2025 Valores de la Unidad Indexada, expresada en $ pesos uruguayos, para el período comprendido entre el 6 de marzo de 2025 y el 5 de abril de 2025. INE: Boletín Técnico. UP. Mes 03.2025. Publicado 28/02/2025. Valores de la Unidad Previsional (UP) para el período comprendido entre el 1 y 31 de marzo de 2025. Están expresados en $ (pesos uruguayos). Fuente: Página web INE. INE: Boletín Técnico. Diferencial Mercado Trabajo. Mes 01/2025. Publicado 06/03/2025.
El siguiente informe presenta los principales indicadores del mercado de trabajo considerando distintas aperturas (sexo, ascendencia étnico racial, grupos de edades y nivel educativo). El objetivo es complementar la información que tradicionalmente se ha presentado con una periodicidad mensual, con el fin de poder enriquecer el análisis y la caracterización del mercado de trabajo. Tasa de Desempleo por sexo: Hombres (6,6%) y Mujeres (9,8%) Tasa de Actividad por sexo: Hombres (72,9%) y Mujeres (57,1%) Tasa de “No registro” por sexo: Hombres (21,9%) y Mujeres (20,6%) Tasa de Desempleo por grupo etario: 14 a 24 años: 25,4% 25 a 29 años: 11,0% 30 a 34 años: 7,4% 35 a 44 años: 4,8% 45 a 54 años: 3,6% 55 a 64 años: 3,8% 65 y más años: 3,2% Fuente: Página web INE. |
Índice TemáticoCapítulo 1 - TributariaTRIBUTARIACapítulo 4 - BCU (Banco Central del Uruguay)BCUCapítulo 6 - Economía y FinanzasECONOMÍA Y FINANZASBoletines AnterioresConsejo Directivo Presidente: Cra. Cristina Freire Consejo Editorial Presidente: Cr. Juan Carlos Olveira Coordinadores: Cr. Alejandro Morales
|