Destacados de la semanaNORMAS DIVERSASConsulta N° 6.509. Servicios de Consultoría. Promulgada 21.06.2024. Publicación web 09.08.2024. SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE DESARROLLO DE SOFTWARE PARA EMPRESA EN EL EXTERIOR PRESTADOS POR UNA EMPRESA UNIPERSONAL DESDE EL URUGUAY Y EN EL EXTERIOR– IRAE – IRPF – EXONERACIONES, CORRESPONDE. Respecto a su situación, considera que resultaría de aplicación la respuesta a la Consulta Nº 5.535 de 31.08.011 (Bol. Nº 459), en particular la respuesta al caso 2) de la misma. Por lo tanto, en la medida que se cumplan las referidas condiciones, las rentas obtenidas por el consultante por la actividad desarrollada en el país estarán exoneradas del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Respecto a la actividad desarrollada en el exterior, queda excluida del hecho generador del impuesto por no verificar el aspecto espacial del mismo, al no ser el prestatario un contribuyente del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE). Consulta N° 6.659. Sobre Seguro de Créditos al Exterior. Promulgada 24.07.2024. Publicación web 09.08.2024. SEGURO DE CRÉDITO A LA EXPORTACIÓN– RAE–GRAVABILIDAD–ASPECTO ESPACIAL – UBICACIÓN DEL RIESGO, DOMICILIO DEL DEUDOR. BCUComunicación N° 2024-166. Inscripción de Valores emitidos por Organismos Internacionales. Promulgada 02.08.2024. Se pone en conocimiento del mercado que la Superintendencia de Servicios Financieros, adoptó con fecha 2 de agosto de 2024, la siguiente resolución: Inscribir en el Registro del Mercado de Valores el valor cuya descripción se indica a continuación: CAF 3.2 06/13/37 Corp. Corporación Andina Fomento. Fuente: Sitio Web BCU. Comunicación N° 2024-167. Standard & Poor´s International LLC. Promulgada 06.08.2024. Se pone en conocimiento del mercado, que la Superintendencia de Servicios Financieros adoptó en el día 05 de agosto de 2024 la siguiente resolución:
Comunicación N° 2024-169. Inscripción de Valores emitidos por Estados Extranjeros. Promulgada 06.08.2024. Se pone en conocimiento del mercado que la Superintendencia de Servicios Financieros, adoptó con fecha 2 de agosto de 2024, la siguiente resolución: Inscribir en el Registro del Mercado de Valores el valor cuya descripción se indica a continuación: B 0 09/24/24 Govt Estados Unidos de América. Fuente: Sitio Web BCU. Comunicación N° 2024-172. Ranking de Operadores Primarios y Aspirantes a Operadores Primarios. Promulgada 09.08.2024. Se informa a las instituciones financieras los rankings de Operadores Primarios y Aspirantes para el mes de julio de 2024 y para el período comprendido entre el 1 de junio de 2024 y el 30 de noviembre de 2024, de acuerdo a lo establecido en el reglamento del programa de Operadores Primarios para emisiones del BCU (Circular N°2457). Fuente: Sitio Web BCU. ECONOMÍA Y FINANZASINE: Boletín Técnico. EEE. Julio 2024. Publicado 08.08.2024. Evolución esperada del IPC: en julio de 2024 la mediana de la inflación esperada por las/os empresarias/os se sitúa en 6,0% para el año 2024, en 6,0% para el año móvil cerrado en junio de 2025 y en 6,5% para el año móvil cerrado en junio de 2026. INE: Boletín Técnico. IVFIM. Junio 2024. Publicado 12.08.2024. La industria manufacturera presenta una variación en el IVF con respecto a igual mes del año anterior de -1,8%, en tanto que el IHT y el IPO presentan variaciones de -2,4% y -1,9%, respectivamente. INE: Boletín Técnico. Mercado de Trabajo. Según Residencia. Trimestre: abril-junio/2024. Publicado 14.08.2024. Se presentan estimaciones de los indicadores de mercado de trabajo para distintos dominios o áreas de estimación. A partir de febrero de 2022, la ECH produce estimaciones mensuales para cada uno de los departamentos del Uruguay y para los municipios de Montevideo. Dichos indicadores de mercado de trabajo son computados utilizando medias móviles de los últimos tres meses. Las medias móviles son más estables producto de que se utiliza información de los meses anteriores (aumenta el tamaño efectivo de la muestra para producir las estimaciones). Fuente: Sitio Web INE. KPMG-MONITOR SEMANALKPMG: Monitor Semanal N° 1075. 12/08/2024.
I) Vencimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas del año 2023 Se encuentran obligados los trabajadores independientes que cumplan al menos una de estas condiciones: sus ingresos hayan superado en el año 2023 los 881 mil pesos, reciban ingresos de más de un empleador o hayan optado por la reducción del 5% en los anticipos por el régimen de núcleo familiar. También se encuentran obligados los trabajadores profesionales y no profesionales que hayan prestado servicios fuera de la relación de dependencia y no hayan tributado por IRAE por ella. El formulario se puede presentar vía magnética en redes de cobranza o por internet (precargado). En el caso de declarar por núcleo familiar, se puede realizar vía magnética solamente. En caso de no corresponder devoluciones automáticas por el ajuste anual realizado por los empleadores, los contribuyentes deberán incluir en la declaración jurada la deducción o el descuento que genere el crédito, como por ejemplo ocurre con los créditos por arrendamiento, entre otros. II) Aspectos relevantes para tener en cuenta en el marco de la verificación de créditos en procesos concursales. El pasado 23 de Julio de 2024, se publicó una nota en la que se dio cuenta del sensible aumento de procesos concursales en nuestro país, relevándose que, de acuerdo a la última actualización de la Liga de Defensa Comercial, se han registrado al menos 59 casos de empresas que se presentaron a solicitar su propio concurso en lo que va del año. Esto corresponde a un aumento del 30% en relación al año anterior. Una vez que una empresa es declarada en concurso por encontrarse en una situación de insolvencia (entendida esta, como la imposibilidad de dar cumplimiento a las obligaciones), se abre una primera instancia que es crucial: la verificación de créditos. Es en esta etapa que se convoca a los acreedores de la empresa deudora para denunciar sus créditos originados en forma previa a la fecha de declaración de concurso. Los acreedores junto a los síndicos o interventores pueden revisar aspectos del crédito como su fecha, motivo, cantidad, fecha de vencimiento y calificación. También se compara la documentación presentada con la que se dispone en la empresa. Según el tipo de documento presentado, será la calidad del acreedor. El plazo para presentarse a la verificación de créditos es de 60 días. Si se tarda más tiempo, se debe realizar una “verificación tardía” con costo a cargo del acreedor. El escrito solicitando la verificación de créditos se presenta ante el síndico, en caso de ser un concurso necesario, o el interventor en caso de ser un concurso voluntario. Por último, el acreedor debe justificar una relación comercial que dé origen a los títulos valores presentados. Por ejemplo, si se presenta un vale como vehículo de deuda, también se deben presentar documentos que reflejen la relación comercial: contrato escrito, facturas o intercambio de cartas. Fuente: KPMG: Departamento de Asesoramiento Legal y Tributario. |
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